Cabe resaltar que el proceso sancionador inició en abril del 2025, luego de que se reportaran en Lima y otras regiones diversos casos de pacientes que fueron afectados por el uso del suero fisiológico de Medifarma. Lamentablemente, fueron siete las personas que fallecieron por su uso. Ante ello, la decisión de la CC3 se dio luego de que se compraran las fallas en el proceso de producción.
Comprueban fallas en proceso de producción
La Comisión de Protección al Consumidor comprobó las fallas en el proceso de producción del suero fisiológico de Medifarma, las cuales estaban bajo su control. Sin embargo, este producto defectuoso terminó distribuyéndose, representando un riesgo injustificado para la salud pública.
Pese a ello, se determinó que Medifarma no presentó ninguna causa objetiva, justificada e imprevisible que la exonere de la responsabilidad. Como medidas correctivas, la CC3 dispuso que la empresa sancionada cubra los gastos médicos necesarios para la recuperación total de las víctimas. Asimismo, deberán asumir los gastos del sepelio.
Cabe indicar que la resolución de Indecopi ya se encuentra dentro del plazo de apelación. En caso se presente este recurso, el procedimiento será revisado y, de ser necesario, elevado a la Sala Especializada en Protección al Consumidor, segunda y última instancia de la vía administrativa.


